Puede pactar con un trabajador que el trabajo se desarrollará en exclusiva para su empresa. Para ello solicítenos totalmente gratis el modelo que hemos confeccionado para usted.

Plena dedicación o exclusividad

Es válido que pacte con un empleado (ya sea en el contrato o con posterioridad) que el trabajo se desarrollará en exclusiva para su empresa. Ello implica que el trabajador renuncia a su derecho al pluriempleo.

Este tipo de pacto sólo es válido si la empresa satisface una contraprestación expresa (que cotiza a la Seguridad Social). Eso sí:

Si no hay pacto…

Si no ha firmado ningún pacto de exclusividad, usted podrá despedir igualmente a un empleado si éste le hace competencia desleal. Vea cuándo se entiende que hay competencia desleal:

Para aclarar cualquier duda sobre pacto de plena dedicación o de implantarlo con las máximas garantías, póngase en contacto con nosotros y le ayudaremos a velar por sus intereses.

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El equipo de Robles Leal – Asesoramiento Laboral.