¿Puedo pedir el complemento de maternidad por aportación demográfica?

 

Si te concedieron una pensión contributiva, ya sea de jubilación, incapacidad permanente o viudedad, entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, y tienes dos o más hijos, es muy posible que la Seguridad Social te deba dinero.

En todas las pensiones contributivas mencionadas existió un complemento por maternidad que aumentaría la cuantía de la pensión entre un 5% y un 15% en función del número de hijos. Este complemento era concedido solamente a las mujeres, pero tres años más tarde el Tribunal Supremo consideró que existía discriminación hacía los hombres, por ello, el Gobierno aprobó el complemento de maternidad para las pensiones, no obstante, la Seguridad Social no lo suele aplicar de oficio, por lo que a muchos pensionistas la Seguridad Social podría estar debiéndole incluso 20.000 €.

Si tienes una pensión desde las fechas indicadas, ponte en contacto con nosotros y estudiaremos tu caso para ayudarte a recuperar tu dinero.

Con lo anterior, vamos a explicar todo lo que tienes que tener en cuenta para no perder ese dinero y si lo estás perdiendo, como poder recuperarlo.

¿Qué es el complemento de maternidad por aportación demográfica?

El complemento por maternidad tiene su origen en 2015 y la finalidad de complementar las pensiones contributivas de viudedad, jubilación e incapacidad permanente.

¿Quiénes son los beneficiarios del complemento para la reducción de la de brecha de género?

En un principio solo las mujeres que hubieran tenido hijos biológicos o adoptados, por su aportación demográfica al Sistema de la Seguridad Social.

¿Pueden los hombres ser beneficiarios del complemento de maternidad por aportación demográfica?

En el año 2019, el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea declaró contrario al Derecho de la Unión (Dir. 79/7/CEE) la exclusión de los hombres de la percepción del complemento por maternidad, reconociendo la aplicación de dicho complemento sobre una pensión de incapacidad permanente absoluta causada por el varón.

¿Qué requisitos se exigen para ser beneficiarios del complemento de maternidad por aportación demográfica?

El complemento por maternidad se devenga por el hecho de haber tenido hijos, biológicos o adoptados con anterioridad al hecho causante de la pensión, no estableciéndose ningún requisito adicional más.

Entonces, ¿los hombres y las mujeres pueden percibir al mismo tiempo el complemento de maternidad por aportación demográfica?

Como ya hemos indicado, la posibilidad de que los hombres y las mujeres puedan percibir de forma simultánea el complemento por maternidad no se recogía en la redacción original de la norma (art. 60 LGSS).

Sin embargo, y como NOVEDAD de 2023, el Tribunal Supremo establece que el complemento de maternidad por aportación demográfica puede percibirse a la vez por los dos progenitores (TS 24-5-23)

¿Cuál es la cuantía del complemento de maternidad por aportación demográfica?

La cuantía del complemento por maternidad es el resultado de aplicar un porcentaje a la pensión que corresponda en función de los hijos, según la siguiente escala:

a) En el caso de 2 hijos: 5%

b) En el caso de 3 hijos: 10%

c) En el caso de 4 o más hijos: 15%.

Cuando por aplicación del complemento por maternidad se supere el límite máximo de pensiones o la pensión a complementar no alcance el mínimo legal establecido o se produzca una concurrencia de pensiones, para su determinación se está a lo determinado en el art. 60 de la LGSS.

¿Existe alguna excepción para la no aplicación del complemento de maternidad por aportación demográfica?

El complemento por maternidad no se aplica en cuando se accede a una jubilación anticipada por voluntad de la beneficiaria.

Tampoco se aplica en el caso de jubilación parcial, siendo posible percibirlo cuando se pasa de la jubilación plena. Ahora bien, hay que tener en cuenta que el acceso a dicha jubilación al 100% es el hecho causante del complemento y, por lo tanto, se aplica la normativa vigente en ese momento. Por ello, es posible haberse jubilado parcialmente cuando existía el complemento por maternidad por aportación demográfica y jubilarse plenamente cuando ya ha sido sustituido por el complemento para la reducción de la brecha de género. En tal caso, el TSJ Galicia ha considerado que no se puede aplicar una normativa ya pretérita, de modo que, si no se reúnen los requisitos del nuevo complemento, no se tendrá derecho al mismo; pero tampoco al anterior, al que sí se podría haber accedido en caso de que hubiera seguido vigente (TSJ Galicia 20-3-23).

¿Cuándo se solicitan estos complementos?

Se pueden solicitar al mismo tiempo que se solicita la pensión o bien de manera posterior.

Si tienes dudas sobre como reclamar el complemento por la reducción de la brecha de género, o si te lo están aplicando y no sabes si es correcto, puedes ponerte en contacto con nosotros, te ayudaremos a recuperar el dinero que te corresponda.

¡Contáctanos!

El equipo de Robles Leal – Asesoramiento Laboral.

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