Si un despido se declara nulo por acoso, el afectado puede extinguir el contrato con indemnización y salarios de trámite.

Si una empresa realiza un despido y no acredita las causas disciplinarias u objetivas alegadas, el despido puede ser declarado improcedente o incluso nulo.

Un juez puede declarar nulo el despido si se ha llevado a cabo por causas de discriminación prohibidas en la Constitución o en la legislación (despido por razón de sexo, edad, condición sexual, discapacidad…) o si se han violado derechos fundamentales (por ejemplo, despido de una embarazada o de un representante de los trabajadores).

Las consecuencias de la declaración de nulidad son las siguientes:

Por todo lo anterior, al efectuar un despido es importante poder acreditar las causas que lo justifican y revisar siempre la situación personal del trabajador afectado para evitar que el despido se declare nulo.


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El equipo de Robles Leal – Asesoramiento Laboral.